Libertad Digital
Con cambios en dos artículos (2 y 3) se explicitan las mismas garantías que para otros adultos en el acceso a una ligadura de trompas de Falopio o a una vasectomía en el sistema de salud.
“Con la redacción anterior un familiar o personal del sistema de salud podía decidir por ellas”, recordó la diputada nacional Lucila Masin en declaraciones periodísticas.
En sintonía con el nuevo Código Civil y Comercial, la aprobación en la sesión especial del 1 de julio fijó un régimen de aplicación para las prácticas, manteniendo la mayoría de edad y explicita el consentimiento libre e informado tanto para aceptar como para negarse.
La diputada Masin lamentó que aún existan casos en los que se cercena el derecho a formar una familia o a decidir el momento para hacerlo. “Nos encontramos con muchas personas, la mayoría mujeres, que no podían planificar su proyecto de vida porque les habían hecho una ligadura sin su consentimiento o sin haber sido informadas”.
Como secretaria de la comisión de Discapacidad, la legisladora además plantea que “saber en qué consiste una práctica es respetar los derechos consagrados en la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad, un tratado de rango constitucional en nuestro país”.
Hace años que el proyecto de ley es impulsado colectivamente junto a asociaciones de personas con discapacidad, como REDI y FUSA, tomando como base el proyecto de la exdiputada Gabriela Troiano.
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