Localidades críticas y no críticas: ¿Qué se puede hacer y qué no en cada una de ellas?
Política
Descargate la APP
Escuchanos desde tu celular

Localidades críticas y no críticas: ¿Qué se puede hacer y qué no en cada una de ellas?

Capitanich confirmó la clasificación de localidades con segmentación por criterio epidemiológico. Diferenció el Gran Resistencia del resto de la provincia.


Libertad Digital

Libertad Digital
09/05/2020
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Abel Pereyra

El gobernador Jorge Capitanich confirmó esta noche la clasificación de localidades con segmentación por criterio epidemiológico de acuerdo al nivel de riesgo, densidad poblacional y cantidad de casos diagnosticados con COVID-19, establecida por Decreto 540/2020. Así, en conferencia de prensa vía streaming desde Casa de Gobierno, diferenció localidades críticas de localidades no críticas para comunicar las actividades permitidas o no, según corresponda, en cada una de ellas.

“El Gran Resistencia representa el 93% del total de los casos de toda la provincia, aunque también es cierto que tenemos 193 casos originados en los servicios de Salud. Es muy importante mantener el nivel de riego crítico en las cuatro localidades del Gran Resistencia”, destacó el mandatario provincial.


Al referirse a las localidades críticas, aseguró que -conforme la situación epidemiológica actual-, se mantiene esa calificación a las que forman el conglomerado del Gran Resistencia: Resistencia, Fontana, Barranqueras y Puerto Vilelas. “Se ratifica las localidades caracterizadas como de riesgo elevado (rojo), entendiéndose como tales las ciudades de gran densidad poblacional, con casos activos y con circulación viral, comunitaria, de contacto o por conglomerado”, confirmó el mandatario provincial.

Así se dispone: Cuarentena General, manteniéndose el aislamiento social, preventivo y obligatorio para toda la comunidad.

Actividades comerciales / industriales/ productivas de bienes y servicios

Se mantienen y ratifican las restricciones actuales en los términos del Decreto 488/2020 y 540/2020 en lo referente a locales comerciales de atención al público y ventas que no fueren anteriormente exceptuados.

Bares, restaurantes y locales de comidas - Modalidades: la modalidad “delivery”: extendiéndose el horario permitido hasta la 1, de cada día. Se incorpora y habilita como modalidad de comercialización la atención rápida denominada popularmente como “take away” hasta las 21.

Fletes, taxifletes y servicios de mudanzas: en jornadas diurnas reducidas entre las 10 y las 17, únicamente.

Obra privada: se podrá autorizar la apertura de obras en edificios y viviendas no habitadas fuera del micro y macrocentro de la ciudad. La cantidad de obras habilitadas no podrá exceder un total de 50, incluyéndose las habilitadas en el Decreto 540/2020 antecedente.

Oficios y actividades complementarias a la obra pública y privada que sea especialmente habilitada tales como ladrillerías, albañilería, pinturería, transporte de materiales de construcción. La logística de transporte de bienes productos de esas actividades será permitida en horario de 14 a 18, únicamente.

Restricción de circulación: Se conserva la restricción horaria, reducción de transporte público, las medidas de circulación vehicular por día y alternancia de acuerdo al número de finalización de dominio/patente establecidas por el Decreto 488/2020. El porcentaje de población involucrada en las actividades que se habilitan como exceptuadas no puede superar el 75%.

Salidas recreativas: No se recomienda las salidas o circulación diaria recreativa.

Alarma Sanitaria: Se dispone la continuidad de la alarma sanitaria y prohibición de circulación a partir de las 21. Se mantiene además el sistema de alarma vía mensajes de texto enviados en base a acuerdos de colaboración con compañías telefónicas.

Delimitación de áreas críticas: se establecerán áreas focalizadas de máxima restricción para circulación con bloqueos y puestos de control sanitarios, en áreas, barrios o sectores focalizados. ·La medida tendrá por objeto establecer máximas restricciones en aquellos barrios o áreas que requieran de un tratamiento especial para resguardo de las personas domiciliadas en los mismos”, precisó Capitanich. Asimismo, deberán instrumentarse medidas complementarias como el programa Punto de Todos, con la interacción y participación de distintas jurisdicciones permitiendo el acceso de trámites y servicios para las personas domiciliadas en la periferia de la ciudad, ubicados en puntos cercanos a domicilios, evitando su traslado hacia el micro y macro centro de la localidad.

Localidades no críticas

Respecto a las localidades no críticas, recordó que se consideran tales aquellas clasificadas como de riesgo moderado (color naranja), las de riesgo leve (color amarillo) y de riesgo bajo (color verde), siguiendo los parámetros establecidos en el Decreto Nº 540/2020.

Así, especificó las medidas generales para localidades no críticas. A saber: se mantiene el aislamiento preventivo obligatorio para toda la comunidad.

Actividades comerciales, profesionales, industriales, de la construcción, oficios, productivas de bienes y servicios: se ratifican las habilitaciones de actividades bajo estrictos protocolos sanitarios

Se incluyen: comercios no esenciales, oficios y emprendimientos independientes o familiares (lavaderos, ladrillerias, albañilería, pinturerías). En cuanto al trabajo en casas particulares se dispone la habilitación para trabajadoras/es sin retiro que prestan tareas para un mismo empleador y residan en el domicilio donde cumplen las mismas. Para trabajadoras/es que presten tareas con retiro para el mismo y único empleador y para aquellas/os que prestan tareas con retiro para distintos empleadores. Para el cumplimiento de las tareas mencionadas, se deberá disponer de medios propios de movilidad, no siendo recomendado el uso de transporte público de pasajeros.

Así, re refirió a las actividades deportivas: “Se permite la realización de deportes y esparcimiento físico que no implique aglomeración de personas extremando las medidas de seguridad vigentes”, aseguró Capitanich. Además, siguiendo los parámetros establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional, dijo que el porcentaje de población involucrada en las actividades que se habilitan como excepción no puede superar el setenta y cinco por ciento (75%) del total de la localidad.

Ingreso y egreso de la localidad restringido: No se permite el ascenso y descenso de pasajeros de tránsito ni ingreso de bienes y personas provenientes de localidades críticas. “Las personas provenientes de localidades críticas que requieran ingresar a localidades de moderado, leve o bajo riesgo, deberán ser previamente autorizadas y permanecer aislados bajo control sanitario por el tiempo establecido por el Ministerio de Salud”, aclaró.

Salidas recreativas: Se permitirán las salidas o circulación diaria recreativa para menores en compañía de sus padres, conforme los parámetros dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional y las particularidades que a tal efecto se establezca por las autoridades municipales.

En esta nota: #aislamientoobligatorio

¿Qué opinas?

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.