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Club Social
La modificación de artículos de la ley nacional 26.130 de contracepción quirúrgica permitió equiparar derechos para la vida sexual y reproductiva de las personas con discapacidad. Con cambios en dos artículos (2 y 3) se explicitan las mismas garantías que para otros adultos en el acceso a una ligadura de trompas de Falopio o a una vasectomía en el sistema de salud.
"Lo que buscamos es modificar el consentimiento libre e informado de las personas con discapacidad porque tal como estaba la ley, encontrábamos que las mujeres con discapacidad eran sujetas de toma de decisiones o prácticas que invadían su cuerpo sin su consentimiento", explicó.
"Eso iba del sistema judicial, hasta un familiar o un equipo médico. Queremos sostener y mantener los derechos de las personas con discapacidad y que esté en consonancia con el nuevo Código Civil y Comercial y la Convención de los Derechos Humanos de las personas con discapacidad, que en nuestro país tiene rango constitucional desde el año 2014", agregó.
Las dos prácticas que se plantean son la ligadura de trompas de Falopio o la vasectomía.
La aprobación en la sesión especial del 1 de julio fijó un régimen de aplicación para las prácticas, manteniendo la mayoría de edad y explicita el consentimiento libre e informado tanto para aceptar como para negarse.
"Me parece importante que el Estado esté ahí para regular y modificar aquellas prácticas que han sido internalizadas por la sociedad. Siempre se antepone a la discapacidad por sobre la persona y la interpretación debería ser al revés", manifestó.
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