Este lunes comienza la inscripción a interinatos y suplencias para docentes de Nivel Inicial
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Este lunes comienza la inscripción a interinatos y suplencias para docentes de Nivel Inicial

Las inscripciones, que serán bajo la modalidad online, se llevarán a cabo desde mañana, 15 de marzo hasta el 15 de abril inclusive, según lo establece el artículo 74 -Ley 647-E Estatuto del Docente. Para mayor información o consultas al teléfono 3624-453033 o correo electrónico meccyt.jcninicial@chaco.gov.ar.


Libertad Digital

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14/03/2021
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Soraya Casco

La Junta de Clasificación de Nivel Inicial reitera a los y las docentes de la provincia del Chaco que, según Resolución Nº 816/2021 del Ministerio de Educación, la inscripción a interinatos y suplencias del período extraordinario “B” 2021 se realizará, desde el lunes 15 de marzo, en modalidad online a través de la Plataforma SIE, o por Correo Postal Certificado a la siguiente dirección: Junta de Clasificación de Nivel Inicial -Gobernador Bosch 99, Nave 1, código postal 3.500- Resistencia.

Las inscripciones se llevarán a cabo desde el 15 de marzo hasta el 15 de abril del corriente año inclusive, según lo establece el Art. 74 -Ley 647-E Estatuto del Docente. Para mayor información o consultas al T.E: 3624-453033 o correo electrónico meccyt.jcninicial@chaco.gov.ar.

Documentación a presentar por primera vez

a) Fotocopia autenticada de DNI
b) Fotocopia autenticada de Partida de Nacimiento
c) Título Docente, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general. (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E- Estatuto del Docente
d) Constancia de Servicios Docentes prestados con anterioridad en el Nivel, extendida por el Director y avalada por el Supervisor.
e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.

Al ser consideradas las solicitudes con carácter de Declaración jurada, se aplica automáticamente el Régimen de Incompatibilidad establecido en la Ley 647-E-Estatuto Docente. Los Aspirantes Extranjeros deben cumplir con las condiciones exigidas en el Art. 17-Inciso a) de la Ley 647-E-Estatuto Docente. El no cumplimiento de los requisitos precedentes producirá la nulidad de la Solicitud.

En esta nota: #educación

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