Cuarentena: el aislamiento obligatorio continuará sin flexibilización en el Gran Resistencia
Política
Descargate la APP
Escuchanos desde tu celular

Cuarentena: el aislamiento obligatorio continuará sin flexibilización en el Gran Resistencia

Comenzó a regir el uso obligatorio de barbijos o tapabocas en espacios públicos en toda la provincia. Se trabajará en conjunto con los municipios en diversos criterios de flexibilización, de acuerdo a los niveles de riesgos y contagios por localidad.


Libertad Digital

Libertad Digital
27/04/2020
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Andrea Bonnet

El gobernador Jorge Capitanich ratificó, este domingo, el decreto de necesidad y urgencia 408/2020 mediante el decreto provincial Nº 534/2020 y las medidas generales establecidas para esta nueva etapa de aislamiento social preventivo y obligatorio que se extiende hasta el 10 de mayo. La cuarentena continuará estricta en áreas de riesgo como el Gran Resistencia, en tanto que con los municipios se comenzará a trabajar sobre criterios específicos por zona.

Se mantiene la suspensión de clases en todos los niveles educativos, la prohibición de eventos públicos y privados, sociales culturales, recreativos, deportivos, religiosos y todos aquellos que impliquen aglomeración de personas. Además, continúan las restricciones de ingreso y egreso de la provincia con control de puntos limítrofes.

También continúan suspendidos los términos administrativos, manteniéndose el receso en la Administración Pública Provincial, institutos, organismos centralizados y descentralizados con guardias mínimas excluyéndose las áreas críticas o esenciales. Por otra parte, continuarán cerrados centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y todo espacio público o privado interurbano, interjurisdiccional e internacional. El transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional también continuará bajo las modalidades que ya se habían dispuesto.

No se abrirán aún actividades turísticas, parques, plazas o similares. Además, durante su discurso el primer mandatario provincial aclaró que como conglomerado no se dispondrán, en el área del Gran Resistencia, aún las salidas de una hora en un radio de 500 metros, que el presidente Alberto Fernández dejó a criterio de los gobernadores de acuerdo a la situación de cada provincia. Esta medida, será tratada por localidades con los intendentes, según situación epidemiológica por criterio de zona.

Dentro de las medidas sanitarias generales, se ratificaron las que se llevaron adelante en la etapa anterior, agregando que será de uso obligatorio en espacios públicos, el barbijo o tapabocas. Por último, Capitanich ratificó las medidas que contemplan el protocolo de contingencia a víctimas para prevenir, controlar y minimizar riesgos en casos de violencia de género en el marco del aislamiento, dispuesto en el decreto Nº449/2020.

Disposiciones especiales

Dentro de las disposiciones especiales se encuentra la autorización de circulación en un radio máximo de 500 metros de sus domicilios para personas con discapacidad que tengan certificación de IPRODICH, con un acompañante. Asimismo, se estableció el uso obligatorio de protector facial transparente para al menos un agente, en los lugares de atención al público para facilitar la lectura labial y facilitar la comunicación a personas con hipoacusia, pérdida o disminución auditiva.

Además, se incorporó la posibilidad de traslado de niños, niñas y niñes al domicilio del otro progenitor, progenitora, familiar o referente afectivo bajo estrictos recaudos de bioseguridad. Quienes realicen el traslado, deben contar con DNI y la declaración jurada donde conste el motivo del traslado que pueden ser los lazos socioafectivos, razones laborales, de salud, asistencia de terceros u otras causas de fuerza mayor que hagan imposible el cuidado del o la menor.

En este caso, podrá cuidar a los niños, niñas y niñes cualquiera de los progenitores o progenitoras, un familiar o referente afectivo que haya convivido con ellos durante el aislamiento social, según la regulación que se establece en los decretos 297/2020 y 325/2020. Asimismo, dispuso que los menores podrán ser trasladados al domicilio de un familiar o referente afectivo cuando los cuidadores principales se vean sobrecargados en las tareas de cuidados. Si el hijo, hija o hije tiene entre 16 y 18 años, podrá trasladarse sin autorización de alguno de los progenitores, bastando con la declaración jurada firmada por sí mismo.

Jorge Capitanich
Columnista: Jorge Capitanich
Gobernador del Chaco

¿Qué opinas?

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.