Piden multar con $300.000 a quienes corten calles: "Queremos terminar con los vivos de siempre", afirmó Zdero
Política
Descargate la APP
Escuchanos desde tu celular

Piden multar con $300.000 a quienes corten calles: "Queremos terminar con los vivos de siempre", afirmó Zdero

El diputado provincial Leandro Zdero presentó esta mañana, en conferencia de prensa, el Proyecto de Ley 1645/2022 que prohíbe a toda persona y/o a todo agrupamiento concertado o espontáneo de personas, organizaciones sociales; asociaciones civiles, asociaciones sindicales o entidades registradas en la provincia del chaco, obstaculizar, bloquear y/o afectar el uso público o el libre tránsito de los caminos, calles, avenidas, rutas, autopistas, accesos a ciudades o a cualquier vía pública de circulación.


Nota de Audio
Nota de audio: Completa
7'16"

Club Social

Club Social
01/06/2022
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

"Queremos presentar un proyecto que ya tiene estado parlamentario. Lo hemos trabajado recabando la información y el hartazgo de muchos comerciantes y empresarios que quieren que se respete la libertad de transitar", expresó Leandro Zdero.

El diputado provincial apuntó que la iniciativa busca generar oportunidades de trabajo y desarrollo. "No puede ser que un grupo de personas impidan la circulación de otros chaqueños. Es cierto que vivimos en la capital nacional del piquete, algo que se propicia porque el Gobierno incentiva y financia", dijo.

El Proyecto ya ingresó a la Legislatura provincial y sobre este tema que afecta los chaqueños, Zdero expresó: “Un puñado de personas con palos y quemando gomas no deben impedir el paso a otro chaqueño. El artículo 14 de la Constitución Nacional pone de manifiesto que la circulación libre es un derecho y no un privilegio. La sociedad, a pesar del hartazgo y el fastidio, pareciera haber normalizado la existencia cotidiana de los reclamos, los piquetes y los cortes en la circulación ciudadana, aunque se traten de actos contrarios a la ley”.

“El proyecto, además propone que toda prestación económica que reciba por parte del Estado, el autor de delitos o contravenciones cometidas en ocasión de manifestaciones públicas será suspendido. Creo que esto es una cuestión de voluntad política y si no los sacan de las calles, es porque mañana serán votos en contra, pero el Estado debería asegurar el orden público, la armonía social, la seguridad jurídica y el bienestar general de los chaqueños”, añadió.

“Hay que terminar con el negocio de los cortes y los vivos de siempre; a la gente hay que darle trabajo y oportunidades. No estamos en contra de las manifestaciones públicas ni de las concentraciones pacíficas con un fin en común, siempre y cuando se respete y no afecte el derecho de los demás”, concluyó Zdero.

El proyecto en detalle
Artículo 1°.- Prohíbanse a toda persona y/o a todo agrupamiento concertado o espontáneo de personas, Organizaciones Sociales o Asociaciones Civiles o Asociaciones Sindicales o Entidades registradas en la provincia del Chaco, obstaculizar, bloquear y/o afectar el uso público o el libre tránsito de y por los caminos, calles, avenidas, rutas, autopistas, accesos a ciudades o a cualquier vía pública de circulación, como así los servicios públicos de transporte de pasajeros, o el ingreso o egreso de cargas, productos, mercaderías, bienes o servicios, el desempeño del comercio, la industria o trabajo privado garantizados constitucionalmente, mediante marchas, congregación o aglomeración de personas, cortes, acumulación de cosas, quemazón de cubiertas u otros desperdicios y/o piquetes.

Artículo 2°.- Prohíbanse a las personas físicas o jurídicas mencionadas en el artículo 1º permitir, incitar, consentir, auspiciar, solventar y/o incentivar la presencia, participación o utilización de menores de 16 años en los actos o hechos ilícitos descriptos.

Artículo 3°.- La policía de la provincia del Chaco y/o las fuerzas de seguridad de la provincia tendrán la obligación de prevenir y evitar los hechos y conductas tipificados, procediendo a la inmediata disuasión de la conducta antijurídica y a la dispersión de los aglomerados humanos organizados con los fines previstos, al mantenimiento del orden y la libre circulación del tránsito, o a reconducirlos a espacios públicos predeterminados que podrían utilizarse para hacer la manifestación, el reclamo pacífico o la petición, sin entorpecimiento ni alteración de los bienes protegidos.
Asimismo, deberán corroborar qué Organización Social, Entidad o Asociación Civil es la responsible por la presencia del menor de 16 años en la perpetración de algunas de las actividades ilícitas previstas en esta ley, procediendo a la identificación del menor y a la efectivización de los procedimientos previstos en el código procesal penal y/o en el código de faltas y contravenciones de la provincia del chaco, según correspondiere.

Artículo 4°.- Constatada la realización de los actos típicos por las personas físicas o jurídicas mencionadas en los artículos 1º, 2º y en el segundo párrafo del art. 3º, se impondrá una multa a los responsables equivalentes a dos mil (2.000) litros de Nafta Súper, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere corresponder, cuyo producido será destinado a instituciones de bien público que disponga la autoridad judicial interviniente, según la competencia del lugar del hecho.

Artículo 5°.- Los pagos de transferencias monetarias, de bienes o de servicios a las organizaciones, asociaciones, entidades o individuos que incumplan los artículos 1º y 2º de la presente ley, serán suspendidos inmediatamente. Se faculta a la autoridad de aplicación a exigir la devolución de pagos efectuados luego de la realización del ilícito.

En esta nota: #diputadoschaco

¿Qué opinas?

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.