Libertad Digital
El Gobierno nacional estableció un nuevo criterio para los feriados trasladables que coincidan con sábado o domingo, una situación que hasta ahora no estaba contemplada en la legislación vigente.
Según el Decreto 614/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el ministro del Interior Guillermo Francos, esos feriados podrán moverse al viernes anterior o al lunes siguiente, según lo disponga la autoridad competente.
¿Qué cambia y qué no?
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📌 Se podrán trasladar: solo aplica a los feriados catalogados como trasladables en la Ley 27.399.
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📌 Siguen inamovibles: feriados como el 25 de mayo, el 9 de julio o el 20 de junio continúan celebrándose en su fecha exacta.
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📌 No se agregan feriados: la norma no modifica la lista oficial, solo aclara cómo proceder en casos especiales.
Quién decide los traslados
La Jefatura de Gabinete de Ministros será la encargada de aplicar esta medida. Tendrá la potestad de resolver en qué casos se hace el corrimiento y hacia qué día se reprograma cada feriado.
El caso de 2025
En lo que resta del año, el 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, es el único feriado trasladable que cae en fin de semana. Con este nuevo esquema, podría moverse al viernes 10 o al lunes 13 de octubre, dependiendo de lo que resuelva el Gobierno.
Por qué se tomó esta decisión
El Ejecutivo explicó que la Ley de Feriados no preveía qué hacer cuando un feriado trasladable coincidía con sábado o domingo, lo que generaba un vacío legal. Según el decreto, dejar esos días fijos iba en contra del “espíritu original de la norma”, que busca fomentar fines de semana largos y dar previsibilidad al calendario.
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