Estudiantes y docentes: ¿Tienen justificada la inasistencia ante el paro de colectivos?
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Estudiantes y docentes: ¿Tienen justificada la inasistencia ante el paro de colectivos?

Por medio de la Resolución Ministerial N° 3090 con fecha del 9 de mayo de 2017, aún vigente, la cartera educativa reconoce la imposibilidad de acceso por parte del personal de las escuelas. Sonia Soto, directora general de Niveles y Modalidades del Ministerio de Educación, explicó en detalle cómo aplica esta normativa.


26/04/2022
 /  libertaddigital.com
 -  Servicios  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

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Club Social

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Uno de los problemas que genera el paro de colectivos golpea de lleno al sector educativo ya que en días hábiles un gran número de trabajadores y alumnos utiliza el transporte público para asistir a sus clases. Ante esto, desde 2017, el Ministerio de Educación del Chaco cuenta con una herramienta legal que permite justificar las inasistencias en este tipo de casos.

En la Resolución Ministerias N°3090 con fecha del 9 de mayo del 2017, aún vigente,  la cartera educativa dispone que el Director Regional "será quien determine por disposición la falta de condiciones de accesibilidad de docentes, no docentes y alumnos en las instituciones por causa de medidas de fuerza de empresas de transporte, cortes de ruta por manifestaciones o inundaciones".

Asimismo el documento establece que los directores de los distintos establecimientos "no deben consignar inasistencia cuando se encuentren afectados por las razones" antes dichas. El acto administrativo exige que los docentes y no docentes deban presentar constancias avaladas por la Policía del Chaco o Defensa Civil en la que se constate desde y hasta cuándo se vieron afectados.

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En esta nota: #educación

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