Libertad Digital
De esta manera, se desempeñarán en forma presencial la totalidad de los y las agentes que no se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo, llevando adecuado registro en el Organismo.
Asimismo, prestarán funciones a distancia o de forma remota todas aquellas personas que se encuentren comprendidas dentro del grupo de riesgo, para las cuales, se faculta a Secretaría para determinar la manera en que realizarán dichas tareas, dejando constancia de las que concretamente realicen.
El documento dispone además la obligatoriedad del desdoblamiento del trabajo presencial en turno matutino (7.30 a 12.30 horas) y turno vespertino (15 a 19 horas), tratando de que sean cada uno de ellos, igualitarios en número en lo posible, dejando a criterio de Secretaría la distribución del personal según las características y particularidades de cada tarea.
Se persigue con ello garantizar y respetar el distanciamiento social, evitar concentraciones de personas dentro de las dependencias y restringir el alcance de los contactos estrechos entre los y las agentes -generando la conformación de grupos de trabajo sin contacto directo entre ellos- y dar adecuado cumplimiento con la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus-, aprobada por Resolución N° 316/2020 del Poder Judicial de la Provincia del Chaco, adoptada por Resolución Nº 35/20 del Tribunal Electoral.
Por otro lado, indica que las audiencias, entrevistas o cualquier otro acto que requiera la participación y concurrencia de personas, deberán ser realizadas, únicamente, por los medios digitales puestos a disposición, suspendiéndose la realización de actos presenciales y semipresenciales en el organismo.
Y faculta a la Secretaría a suspender los turnos otorgados a través del correo electrónico habilitado al efecto.
Recuerda asimismo la obligatoriedad del uso de los medios digitales que estarán a disposición, sirviendo de canales de comunicación directos para los partidos políticos, electores, profesionales y ciudadanía en general: teléfono 03624-15005200 y la dirección electrónica: mesadeentrada@electoralchaco.gob.ar, para todas las presentaciones.
Y por último reitera la plena vigencia y aplicación de la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus- aprobada por Resolución N° 316/2020 del Poder Judicial de la Provincia del Chaco y adoptada por Resolución Nº 35/20 del Tribunal Electoral.
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