Libertad Digital
El gobierno de Javier Milei oficializó los mecanismos para tramitar la cédula azul digital. De acuerdo a lo dispuesto por la administración libertaria, los titulares de los vehículos podrán gestionar el documento a través de la aplicación Mi Argentina.
El Gobierno reglamentó la cédula azul digital
Mediante la Disposición 343/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Justicia rubricó la emisión de la Cédula de Identificación del Automotor Digital con vigencia indefinida y la derogación de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir”.
El primero es “un mecanismo especial y remoto para que el titular registral pueda habilitar a un tercero a que visualice la Cédula de Identificación Digital a través la aplicación Mi Argentina y, de este modo, cuente con un documento habilitante para utilizar el vehículo de que se trate”.
En tal sentido, los equipos de la cartera conducida por Mariano Cúneo Libarona realizaron las adecuaciones pertinentes de los sistemas operativos para poner a disposición de la ciudadanía la nueva cédula azul digital de un modo más ágil desde la app oficial.
Qué implicancias tiene la nueva cédula azul y cómo tramitarla
Según lo detallado en la nueva normativa, el titular del vehículo podrá autorizar a un tercero a manejar su vehículo con la habilitación de la documentación pertinente. Esto permitirá que la persona circule dentro del país y también un egreso temporario.
A continuación, se detallan los pasos a seguir para tramitar la cédula azul digital:
- Ingresar en la aplicación Mi Argentina, apartado “Mis vehículos”;
- Desde la opción “Vehículos a mi nombre”, seleccionar un dominio sobre el cual es titular registral;
- Cuando se visualice la Cédula de Identificación vigente, seleccionar la opción “Habilitar a conducir”;
- Identificar al tercero habilitado mediante su nombre y apellido, y número de CUIT, CUIL o CDI.
“En estos casos, no se emitirá Cédula adicional. Igual procedimiento deberá realizar el titular registral si pretendiera desafectar la Cédula del Perfil Digital de la persona oportunamente informada”, explica la disposición.
Cabe destacar que la habilitación a un tercero no modifica la responsabilidad civil del dueño del rodado por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor.
Fuente: La 100
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