Anularon la entrega de bienes decomisados dispuesta por el juez Mianovich tras denuncia de Sabadini
Policiales
Descargate la APP
Escuchanos desde tu celular

Anularon la entrega de bienes decomisados dispuesta por el juez Mianovich tras denuncia de Sabadini

La Cámara Federal de Apelaciones revocó y declaró la nulidad absoluta de la resolución que inscribió dos inmuebles a favor de organismos estatales y entregó una camioneta al Tribunal de Cuentas del Chaco.


13/08/2025
 /  libertaddigital.com
 -  Policiales  /  Redacción: Gabriel Bobis

Libertad Digital

Libertad Digital

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia resolvió este martes planteos vinculados a la causa por lavado de activos contra Omar Naldo Retamozo, fallecido en 2023 antes de enfrentar juicio. El tribunal, integrado por las juezas Patricia Beatriz García y Rocío Alcalá, confirmó la decisión de noviembre de 2024 que ordenó el decomiso definitivo y anticipado de los bienes del imputado, destinando el 30% a la Unidad de Información Financiera (UIF) y el 70% a obras públicas en Chaco para población vulnerable.

Sin embargo, revocó y declaró la nulidad absoluta de la resolución dictada el 5 de mayo de 2025 por el juez federal Ricardo Mianovich, que había inscrito dos inmuebles a nombre del Ministerio de Seguridad de la Nación y del Gobierno del Chaco, y entregado de forma definitiva una camioneta Toyota Hilux al Tribunal de Cuentas provincial.

La Cámara entendió que esa resolución fue arbitraria, careció de fundamentación suficiente y resultó contradictoria con lo dispuesto en noviembre de 2024. Tanto el fiscal federal Patricio Sabadini como la UIF cuestionaban que el magistrado alteró el destino de los bienes decomisados sin cumplir medidas previas obligatorias, como la notificación a herederos, la publicación en el Boletín Oficial y la intervención formal de la UIF.

El fallo al que accedió Libertad también destacó que el vehículo otorgado no pertenecía a Retamozo, sino a un coimputado cuyo procesamiento está firme pero cuya situación procesal no se resolvió definitivamente, por lo que no podía ser objeto de decomiso.

En relación al planteo de la UIF contra la decisión de noviembre de 2024, que reclamaba el 100% de los bienes decomisados, la Cámara sostuvo que el reparto establecido era válido. Fundamentó que el delito precedente al lavado estaba vinculado al desvío de fondos destinados a viviendas sociales, por lo que el destino parcial a obras públicas provinciales tenía un fin reparador.

¿Qué opinas?

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.