Libertad Digital
Por Gabriel Bobis
El Tribunal Oral Federal de Resistencia difundió este lunes los fundamentos del fallo que absolvió a Aída Ayala en la causa por presunta defraudación contra la administración pública. La decisión, anticipada en julio, también benefició a Matías Balmaceda Paiva y Miguel Vilte.
La sentencia desestimó los principales argumentos de la Fiscalía, que había imputado a Ayala, en su rol de Secretaria de Asuntos Municipales (SAM) del Ministerio del Interior, de encabezar una "maniobra delictiva aceitada y coordinada" para direccionar fondos y adquirir productos con sobreprecios en perjuicio del Estado Nacional. Sin embargo, el tribunal concluyó que esta afirmación "tiene mucho de conjetural más que de prueba".
Los pilares de la absolución de Ayala, según el TOF
Casalboni fue quien impulsó el convenio. El tribunal determinó que la iniciativa de obtener fondos fue del entonces intendente Sergio Casalboni, no de Aída Ayala. Se probó que eran los intendentes quienes promovían los proyectos del Programa “Mi Pueblo” y que no hubo evidencia de un direccionamiento desde la Secretaría de Asuntos Municipales.
La SAM no tenía poder de control sobre los municipios. Los jueces remarcaron que la Secretaría de Asuntos Municipales no ejercía poder de policía sobre los convenios y que cada municipio debía garantizar su control interno. Ayala no tenía responsabilidad sobre la validación del Concejo Municipal ni sobre los actos de Casalboni.
No se probó la existencia de sobreprecios. La Fiscalía señaló un presunto sobreprecio del 40% en la compra de herramientas a la firma Service Hogar. Sin embargo, el tribunal sostuvo que esa afirmación “no tuvo contundencia”, ya que no se presentó pericia alguna ni documentación técnica que lo respalde.
Los precios eran comparables y tenían justificación. El tribunal observó que los valores no eran desmesurados en comparación con otras cotizaciones similares. Factores como los costos de transporte, la demora en los pagos y la calidad de los productos pudieron haber influido en las diferencias de precios.
Service Hogar estaba habilitada y tenía antecedentes. Se constató que la empresa de Claudio Tolosa contaba con habilitación comercial para vender los productos y que ya había sido proveedora del Estado. Incluso cotizó en otros convenios sin ser adjudicada, lo que debilitó la hipótesis de un favoritismo direccionado.
No hubo pruebas de un vínculo delictivo. Aunque Balmaceda Paiva y Vilte integraron el entorno político de Ayala, el presupuesto de Service Hogar fue presentado por Casalboni. No se probó que Ayala, Balmaceda o Vilte hubieran gestionado los fondos para beneficiar a Tolosa. El tribunal encontró un “vacío” probatorio en ese sentido.
Los bienes llegaron al municipio. Las herramientas adquiridas ingresaron efectivamente al municipio, aunque faltó documentación respaldatoria, atribuida a la desorganización de la gestión de Casalboni.
En contraste, el tribunal también se pronunció sobre la situación de Sergio Casalboni, declarando extinguida por prescripción la acción penal en su contra por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, y en consecuencia, sobreseyéndolo. Esta decisión se basó en que Casalboni ya no era funcionario público y en el tiempo transcurrido, a pesar de las irregularidades probadas en su gestión, como la omisión de someter la compra a licitación pública o informar al Concejo Municipal.
El tribunal descartó la existencia de una maniobra fraudulenta y cerró una nueva causa que había vuelto a comprometer a la exintendenta de Resistencia, ya condenada en la causa PIM por la Justicia federal.
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