Libertad Digital
La Justicia laboral suspendió este lunes los artículos centrales del DNU 340/2025 del Gobierno nacional que limitaba el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar presentada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, al interpretar que la reforma del régimen legal de huelga no puede realizarse mediante un decreto de necesidad y urgencia, sino mediante una ley sancionada por el Congreso.
El escrito presentado por la CGT señaló que "la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario".
El decreto limitaba el derecho a huelga, al estableccer condiciones más estrictas para llevar adelante medidas de fuerza en sectores considerados "esenciales" o de "interés estratégico". Redefinía los servicios esenciales, e incluía áreas como transporte y educación.
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