Libertad Digital
La Justicia laboral suspendió este lunes los artículos centrales del DNU 340/2025 del Gobierno nacional que limitaba el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar presentada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, al interpretar que la reforma del régimen legal de huelga no puede realizarse mediante un decreto de necesidad y urgencia, sino mediante una ley sancionada por el Congreso.
El escrito presentado por la CGT señaló que "la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario".
El decreto limitaba el derecho a huelga, al estableccer condiciones más estrictas para llevar adelante medidas de fuerza en sectores considerados "esenciales" o de "interés estratégico". Redefinía los servicios esenciales, e incluía áreas como transporte y educación.
Notas más leídas
-
1
“Navidad sin Hambre”: la campaña que busca garantizar 100 cenas dignas para familias chaqueñas
-
2
La Policía contradijo a Osuna y aseguró que se niega voluntariamente a tomar su medicación
-
3
SECHEEP advierte sobre el "consumo vampiro" que impacta significativamente en la factura
-
4
Un obrero cayó de un tercer piso: se encuentra en estado grave
-
5
Bullrich cruzó a Cristina Kirchner: "Señora Presidiaria, tenga la decencia de no opinar de economía"
¿Qué opinas?
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.