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Libertad Digital
El Equipo Fiscal Especial dictó este jueves el auto de prisión preventiva para César Sena, su padre Emerenciano Sena y su madre Marcela Acuña, además de sus cuatro colaboradores Gustavo Melgarejo, Fabiana González, Gustavo Obregón y Griselda Reinoso. Las imputaciones más graves son para los integrantes de la familia Sena, considerándolos coautores del homicidio de Cecilia Strzyzowski.
Durante una rueda de prensa, en el Centro de Estudios Judiciales, quienes integran el Equipo Fiscal Especial, Jorge Cáceres Olivera, Jorge Gómez y Nelia Velázquez, acompañados por el fiscal adjunto Miguel Fonteina, dieron detalles de la investigación y de los principales avances, así como también de las principales pruebas que los llevan a confirmar la medida anunciada y el crimen de la joven.
Mecánica de la muerte en la voz del Dr. Jorge Gómez:
"Cecilia ingresó a esa casa de Santa María de Oro 1460, a las 9: 16 de la mañana. Que no salió por sus propios medios. Que ella creía que iba a viajar a Ushuaia, tal es así que preparó su valija, se despidió de su familia, y no solamente eso, sino que además, como nunca había viajado a Buenos Aires, le comentaba a sus amigos y a sus familiares que tenía miedo de viajar en avión. Además, las últimas búsquedas en Google de ella fueron cómo armar una valija, qué se puede llevar en la valija en un avión, dónde comprar chocolates en Buenos Aires, dónde tomar el mejor café en Buenos Aires. Entonces, uno va viendo con estos datos que ella no solamente creía en esa historia del viaje, sino que además estaba ilusionada. Pero lo cierto es que también se incorporó como prueba que nunca se compraron los pasajes, que nunca se hicieron reservas ni siquiera por vía terrestre o por vía aérea. Además, se incorporó también que Cecilia, en función de las cámaras de vigilancia, no, si no es cámaras de seguridad de la casa del frente, nunca salió por su propio medio de esa casa. En cambio, sí hemos podido también a través de esas imágenes corroborar que aproximadamente después de las 18 horas de esa casa, salieron con bolsas de residuo en una actitud muy sospechosa que además se incorpora con otra prueba que allí, debajo de esas bolsas de residuos, estaría el cuerpo de Cecilia envuelta en una frazada color marrón que sería de la casa de la familia Sena. Después, también se pudo corroborar, y es algo importante, que en el campo de la familia Sena, en lo que comúnmente y a través de los medios se ha llamado 'chanchería': en un lugar determinado hubo una quemazón y allí se encontraron restos óseos que corresponden a una persona humana. También en el río Tragadero, que queda muy cerca, se encontraron restos óseos humanos de una persona adulta, y se corresponden con una única persona. Y no son solamente huesos que correspondan a las manos, a los pies, sino también cráneo. Y también los restos de cráneo pertenecen a una persona adulta y a una única persona. Así tenemos acreditado todo el derrotero que tuvo Cecilia ese día. Y también tenemos que en ese horario, que va desde las 12 y 13 minutos hasta las 13 y 3 minutos, los tres Emerenciano, Sena César y la señora Marcela Cuña estuvieron en el lugar. A César, a las 11 de la mañana aproximadamente lo ven sin que tenga ninguna lesión en su cuello ni en su mano. A la tarde ya lo ven con lesiones en el cuello y en la mano. También los teléfonos celulares de César y Cecilia se movieron en forma conjunta, cuando nosotros creemos que ya Cecilia la habían asesinado. Asesinado. Y así tenemos un sinnúmero de pruebas que integran y que concatenaban con el gran equipo de trabajo que tenemos tanto en la Fiscalía que presiden el doctor Jorge Cáceres Olivera, como en el equipo que formamos después, cuando nos integramos a trabajar con secretarios, pro secretarios, trabajaron arduamente en la concatenación de todos estos indicios. Hay muchos más. Y por eso es que estamos convencidos de que esta prisión preventiva, independientemente de que las defensas tengan el derecho, lógicamente, de oponerse o apelar conforme a nuestro código procesal, van a terminar siendo confirmadas. Así que esa es básicamente la prueba. Hay muchas más que si los doctores quieren ayudarme a reflexionar sobre algunas, no hay ningún problema, pero si quieren pasamos a otra pregunta a los doctores".
Con un auto por el cual se dicta la prisión preventiva que tiene cerca de 200 fojas, el fiscal Cáceres Olivera fue el encargado de confirmar esta para las siete personas que fueron detenidas desde el inicio de la investigación por la desaparición de Cecilia. Así, las calificaciones legales para cada detenido son las siguientes:
- César Sena: homicidio triplemente calificado por el vínculo, por haber sido cometido en un contexto de violencia de género (femicidio) y por el concurso premeditado de dos o más personas.
- Emerenciano Sena y Marcela Acuña: homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
- Gustavo Obregón, Fabiana González, Gustavo Melgarejo y Griselda Reinoso: encubrimiento agravado (un delito que implica penas de 1 a 6 años de prisión).
Acerca de la decisión de dictar a los colaboradores de la familia Sena la prisión preventiva, pese a ser un delito por el cual los imputados podrían transitar en liber
- César Sena: homicidio triplemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de autor y por el concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautor (artículo 80 incisos 1, 11, 6 y artículo 45 todos del Código Penal en función de la Ley 26.485).
- Emerenciano Sena y Marcela Acuña: homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautores (artículo 80 inciso 6 y artículo 45 todos del Código Penal).
- Gustavo Melgarejo, Griselda Reinoso, Gustavo Obregón y Fabiana González: encubrimiento agravado (artículo 277 inciso 3 acápite "a" en función del inciso 1 acápite "b" del Código Penal).
En todos los casos por aplicación del artículo 289 incisos 1 y 2 del Código Procesal Penal.
Acerca de la decisión de dictar a los colaboradores de la familia Sena la prisión preventiva, pese a ser un delito por el cual los imputados podrían transitar en libertad lo que resta de la investigación y hasta la elevación a juicio, el fiscal Cáceres Olivera fundamentó que fue "la conducta" de Obregón, González, Melgarejo y Reinoso de “entorpecimiento de la investigación”, y de eliminar elementos de prueba, la que pesó a la hora de definir que no recuperen su libertad durante esta etapa procesal.
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