Los 5 puntos claves del proyecto de Ganancias: todo lo que tenés que saber
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Los 5 puntos claves del proyecto de Ganancias: todo lo que tenés que saber

A partir de cuánto se paga y cómo se actualizará el piso del tributo. Cómo pedir la devolución. Cómo queda tu sueldo neto con la suba del mínimo y qué pasa con el medio aguinaldo de diciembre.


Libertad Digital

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29/09/2023
 /  libertaddigital.com
 -  Economía  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

A partir de cuánto se paga y cómo se actualizará el piso del tributo. Cómo pedir la devolución. Cómo queda tu sueldo neto con la suba del mínimo y qué pasa con el medio aguinaldo de diciembre.

El Senado aprobó y los cambios en el Impuesto a las Ganancias ya es ley. Estos son todos los puntos claves que hay que tener en cuenta.

 

Ganancias: ¿Qué es la cuarta categoría y cómo influye en mi salario final?

A partir de cuánto se paga: nuevo mínimo no imponible y cómo se actualizará

El nuevo piso quedó establecido por decreto en 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), que actualmente equivale a una remuneración de $1.770.000 brutos –poco más de $1.400.000 netos–. El Gobierno presentó un proyecto en el Congreso para definir una actualización semestral del monto, equivalente a los 15 SMVM, pero hasta tanto no se sancione esa ley, el piso se seguirá actualizando por disposición del Poder Ejecutivo.

 

Cómo pedir la devolución

Al final de cada año fiscal, se pueden solicitar –mediante declaración jurada– las deducciones especiales, como cargas de familia por cónyuge, hijos, hijos discapacitados, servicio doméstico, actividad educativa de hijos de hasta 24 años, gastos de sepelio, seguros de vida e intereses de créditos hipotecarios, entre otros, por las que se puede obtener un reintegro de parte de lo abonado.

 

El paso a paso para obtener la devolución de Ganancias:

  •  Ingresá a la página web de AFIP. En el recuadro “Ingresar con Clave Fiscal", presioná "Iniciar sesión". Luego, ingresá tu CUIT y clave fiscal.
  • Luego de consignar tu número de CUIT y clave fiscal, buscá e ingresá al servicio “Mis Aplicaciones Web” en el buscador. Si aún no lo tenés dado de alta, presioná el botón "AGREGAR".
  • A continuación visualizarás la pantalla de ingreso al servicio. Debés seleccionar la opción NUEVO que se encuentra en el margen superior izquierdo.
  • Completar los datos.
  • A continuación el sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en el sistema Mis Retenciones para ese período. Allí deberás tildar las que querés tramitar en devolución.
  • En caso de que existan percepciones no registradas en el sistema, podrás ingresar las mismas seleccionando: "AGREGAR PERCEPCIÓN".
  • Seleccionar el botón GRABAR, que se encuentra en el margen superior de la pantalla
  • Presionar el botón PRESENTAR y confirmar.
  • Cómo calcular tu sueldo neto con la suba del piso de Ganancias

Las escalas de Ganancias van desde alícuotas del 5% al 35%. En tanto, para quienes estaban en las escalas más bajas y pagaban, por ejemplo, un 5%, la actualización del piso implicará un 5% más en sus sueldos. En este caso, alguien que percibe $900.000 brutos, tendrá $45.000 extra en mano a partir de octubre.

Para los contribuyentes que forman parte del universo de 800 mil beneficiados que no pagarán más el tributo, el cálculo de su sueldo neto consistirá, en tanto, en aplicarle a su sueldo bruto los respectivos descuentos como aportes jubilatorios, obra social, PAMI y cuota sindical.

 

Cuál es la cuarta categoría

El proyecto de ley que se envió al Congreso tiene dentro de sus puntos la eliminación de la cuarta categoría de Ganancias. Estas son las "obtenidas por el trabajo personal", es decir, los trabajadores en relación de dependencia y jubilados.

Así, alrededor de 800 mil personas dejarán de tributar Ganancias por ley. En tanto, sí seguirán haciéndolo los CEO, gerencias, subgerencias, puestos calificados y jubilaciones y pensiones de privilegio, que suman 90.000 contribuyentes, el 0,88% de los trabajos registrados del país.

 

¿Qué pasa con el medio aguinaldo?

El Decreto 473/2023, donde se oficializó la suba del piso, dispone con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere los $1.770.000 brutos “que se exima a la segunda cuota del sueldo anual complementario 2023”.

 Para quienes sí queden alcanzados por el gravamen, en lo que respecta a medio aguinaldo correspondiente al segundo semestre de 2023, deberá considerarse el importe establecido ($1.770.000) y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto.

 

 

 

En esta nota: #ganancias

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