El Gobierno fijó por decreto la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que se aplicará recién desde julio
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El Gobierno fijó por decreto la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que se aplicará recién desde julio

Según el DNU 274/2024 publicado este lunes, las alzas se determinarán en relación al Índice de Precios al Consumidor en el segundo semestre, mientras que a partir de abril "se concederán adelantos" a cuenta.


Libertad Digital

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25/03/2024
 /  libertaddigital.com
 -  Economía  /  Redacción: Soraya Casco

Finalmente, después de muchas idas y vueltas, el Gobierno publicó este lunes el decreto por el que dispuso modificar la fórmula de movilidad jubilatoria, pero -a diferencia de la prevista inmediata aplicación- los haberes se actualizarán por la inflación oficial recién desde julio. Según establece el DNU 274/2024, en estos meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, ya que a partir de abril "se concederán adelantos" a cuenta.

Con respecto a la entrada en vigencia del nuevo cálculo, esta decisión contradice lo difundido por la Oficina del Presidente el 22 de marzo, cuando aseguró que "desde el mes de abril los jubilados argentinos cobrarán con aumentos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor".

El texto efectivamente firmado por Javier Milei y todos los miembros del Gabinete establece que la primera actualización en base a este cambio "se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024".

De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de dicha modificación, el Ejecutivo dispuso que "a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente".

Según argumentó el Gobierno, la intención es "dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación".

A partir de esto, el Estado consideró que "es necesario establecer una nueva pauta de movilidad" basada en un ajuste por mes ligado al IPC, por lo que se aplicará la "actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del nivel general del Índice de Precios al Consumidor" publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). 

A su vez, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará en abril "un incremento extraordinario equivalente al 12,5% sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024" y, además, habrá "un adelanto de la movilidad" en mayo y junio "calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241", que es la normativa que rige el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

Dicho artículo refiere, entre otras cuestiones, a que "en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria".

Fuente: El Canciller

En esta nota: #movilidadjubilatoria

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