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Bicho de Radio
Sobre el DNU indicó: "Quiero cuestionar severamente la facultad presidencial, que no es tal y esto está prohibido por la Constitución Nacional, y no es una simple cuestión formal, simplemente se trata de que no se vea lesionado el sistema democrático y la institucionalidad".
"Se trata de normas muy relevantes para la vida de las personas que deben tener un debate franco, honrado, genuino, tiene que haber posiciones encontradas y si se decide por decreto no hay nada de eso", sostuvo.
Swartz señaló que el DNU comenzará a regir desde este viernes 29 de diciembre "y luego va a iniciar la etapa institucional donde el Congreso va a decidir si lo va a avalar o no y además están los numerosos planteos judiciales que se están haciendo en distintas jurisdicciones".
Acerca del contenido del decreto plasmó: "hay inconstitucionalidades que van en contra del proceso de más de 100 años del derecho del trabajo en la República Argentina".
En cuanto a la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo dijo que: "es un intento de mandar un montón de situaciones que actualmente están dentro de la órbita protectora del derecho del trabajo al derecho civil. Esto legitima el fraude laboral, como por ejemplo, trata de darle validez a casos en los que muchos trabajadores figuran como monotributistas porque no están debidamente registrados".
"Es un descalabro normativo importante que va a producir una inseguridad jurídica contraria a los fines que pregonan quienes decidieron esto", aseguró.
"También se extiende el período de prueba de 3 a 8 meses, en este tiempo si te despiden no te pagan nada. Además deroga indemnizaciones por el trabajo no registrado, con lo cual hay un daño provocado a ese trabajador por esa nula registración que ya no va a tener reparación", agregó.
"Otra medida legitima la tercerización como forma de que el empleador se deje de responsabilizar por sus trabajadores. El DNU trata de legitimar figuras fraudulentas. Si bien eso no imposibilita que se imponga una acción judicial al empleador, sí lo dificulta en la práctica", marcó.
"Otro aspecto muy relevante es la legalización de la posibilidad de un despido discriminatorio. Se anula la posibilidad de que sea dejado sin efecto, es decir, no se puede pedir la restitución del puesto de trabajo, y a su vez le pone un precio a la discriminación porque establece un tope a la indemnización que puede fijar el juez o jueza", resaltó.
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