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La Tarde Portátil
A modo de resumen, "podríamos decir que esta ley cambia absolutamente el paradigma y el fin de la pena en el Estado argentino". "Se abandona el principio resocializatorio y a partir de ahora la pena adquiere una significación netamente vindicativa, simplemente venganza o imposición de castigo", agregó.
En esta línea, recordó que la Constitución Nacional recepta este principio resocializatorio a través del artículo 18 donde establece que "las cárceles no serán para castigo", un principio que también surge de los pactos de Derechos Humanos como lo es el Pacto de San José de Costa Rica.
"Desde Pensamiento Penal decimos que esta reforma es negativa. En principio porque es anticonstitucional porque viola el principio de reintegración social de la pena, y en segundo lugar porque esto va a significar que dentro de 10 o 15 años tengamos personas que hayan cumplido penas y no esten resocializadas", detalló.
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