Elecciones Chaco: ¿Qué pasa si no voy a votar?
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Elecciones Chaco: ¿Qué pasa si no voy a votar?

Este fin de semana muchas personas se encontrarán lejos de su domicilio y no podrán participar de las elecciones. Quienes estén a más de 500 kilómetros de distancia estarán justificadas pero tendrán que hacer un trámite. Las multas van de $50 a $500.


Libertad Digital

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15/09/2023
 /  libertaddigital.com
 -  Sociedad  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

En el caso de quienes el día de los comicios estén a más de 500 kilómetros de distancia de su domicilio, la ausencia está justificada pero hay que hacer un trámite. 

  • El primer paso es acercarse el domingo a la comisaría más cercana con DNI en mano para pedir una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar. 
  • Después, hay que ingresar a la página web de la Cámara Nacional Electoral, llenar un formulario y adjuntar el documento que nos dieron en la comisaría. Hay un plazo de 60 días a partir del 17 de septiembre para hacer este trámite. 
  • Si en esos 60 días no llegaste a hacerlo, tendrás que pagar la multa como en cualquier otro caso donde la ausencia no está justificada. 

Por otro lado, si te encontrás a menos de 500 kilómetros de distancia de la ciudad donde tenés que ir a votar y no podés o no querés viajar para los comicios, tenés que pagar una multa. 

  • La multa va de $50 a $500 y el monto depende de la cantidad de infracciones previas que tengas. Podés consultar tus infracciones anteriores en la web del Registro de Infractores.
  • Para pagarla, tenés que ingresar a la web de la Cámara Nacional Electoral, llenar un formulario y elegir el medio de pago que prefieras. La primera opción es imprimir la boleta de pago y hacerlo en una sucursal del Banco Nación. La segunda opción es pagar de forma online, con tarjeta de crédito u otras formas de pago en efectivo como Rapipago o Pago Fácil. 

Si finalmente no llegaste a hacer el trámite ni a pagar la multa correspondiente, la pena que se te aplica es que no vas a poder realizar ciertos trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales. Así lo establece el artículo 125 de "faltas electorales" del Código Nacional Electoral. Además, tampoco vas a poder desempeñar funciones o empleos públicos durante los siguientes tres años.

En esta nota: #chaco elige 2023

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