Libertad Digital
En el caso de quienes el día de los comicios estén a más de 500 kilómetros de distancia de su domicilio, la ausencia está justificada pero hay que hacer un trámite.
- El primer paso es acercarse el domingo a la comisaría más cercana con DNI en mano para pedir una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.
- Después, hay que ingresar a la página web de la Cámara Nacional Electoral, llenar un formulario y adjuntar el documento que nos dieron en la comisaría. Hay un plazo de 60 días a partir del 17 de septiembre para hacer este trámite.
- Si en esos 60 días no llegaste a hacerlo, tendrás que pagar la multa como en cualquier otro caso donde la ausencia no está justificada.
Por otro lado, si te encontrás a menos de 500 kilómetros de distancia de la ciudad donde tenés que ir a votar y no podés o no querés viajar para los comicios, tenés que pagar una multa.
- La multa va de $50 a $500 y el monto depende de la cantidad de infracciones previas que tengas. Podés consultar tus infracciones anteriores en la web del Registro de Infractores.
- Para pagarla, tenés que ingresar a la web de la Cámara Nacional Electoral, llenar un formulario y elegir el medio de pago que prefieras. La primera opción es imprimir la boleta de pago y hacerlo en una sucursal del Banco Nación. La segunda opción es pagar de forma online, con tarjeta de crédito u otras formas de pago en efectivo como Rapipago o Pago Fácil.
Si finalmente no llegaste a hacer el trámite ni a pagar la multa correspondiente, la pena que se te aplica es que no vas a poder realizar ciertos trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales. Así lo establece el artículo 125 de "faltas electorales" del Código Nacional Electoral. Además, tampoco vas a poder desempeñar funciones o empleos públicos durante los siguientes tres años.
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