Abuso sexual infantil en el San José Obrero: "Si vuelve a tener contacto con chicos, sería un riesgo"
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Abuso sexual infantil en el San José Obrero: "Si vuelve a tener contacto con chicos, sería un riesgo"

Hace una semana, la Justicia chaqueña decidió absolver a Juan Medina por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. El Dr. Pablo Vianello, parte querellante en el caso, brindó algunas precisiones y también cuestionó el fallo que dejó en libertad al catequista.


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25/03/2022
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Nahuel Bustos Domecq

"Fue poco común, en lo que consiste una lectura de sentencia donde generalmente llegamos todos a juicio y todos juntos debemos conocer el veredicto. No sé si se ha optado por avisarle primero al imputado y luego a la familia por una cuestión de seguridad, pero sin dudas estamos en total desacuerdo", comentó el Dr. Pablo Vianello.

""El mensaje que nos preocupa es que no se les creyó a los chicos""

El abogado de la familia del menor que denunció abuso sexual en la infancia en el Colegio San José Obrero, informó que se recurrirá el fallo. "Es obvio que estamos en discrepancia con lo que la jueza oportunamente vio que sucedió en el juicio. Nosotros vimos otra cosa, entendimos otra cosa y por ello iremos a otra instancia para revertir una situación poco común donde se cuestione la labor de los peritos del Poder Judicial en una cámara gesell", aseveró.

Vianello recordó que uno de los testimonios de una especialista fue cuestionado por la jueza Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia. "Serán cuestiones que debemos plantear en una instancia superior", sostuvo el abogado.

En esa línea, reflexionó: "El mensaje que nos preocupa es que no se les creyó a los chicos".

En los argumentos del fallo, Vidarte, señala: “La duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.

También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “No se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.

El abogado Pablo Vianello explicó que todos los fallos judiciales tienen una carga subjetiva, sin embargo, en este caso, consideró que la magistrada responsable "se alejó" de lo común.

Asimismo recordó que existieron otras denuncias contra Juan Medina, quien oficiaba de catequista en el San José Obrero, las cuales terminaron archivadas debido a la falta de un análisis adecuado sobre los daños que sufrieron los menores.

Vianello remarcó que Juan Medina "siempre estuvo libre". "El delito que se le imputaba podía permitir una condena en suspenso, pero si la Fiscalía en Primera Instancia que hizo la instrucción eleva la causa a juicio es porque considera que hay elementos suficientes", subrayó.

"Esperamos que esto se pueda revertir, porque sino el profe Salva, eventualmente si sale absuelto como en esta primera instancia va a volver a tener contacto con chicos. Y si después llega a pasar algo, haremos otra nota preguntándonos por qué", cerró.

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En esta nota: #abusosexualenlainfancia

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