Libertad Digital
El tatuador Patricio Pioli fue condenado hoy en La Rioja a cinco años de prisión por el delito de de “coacción y lesiones leves calificadas” en contra de su expareja, en lo que fue el primer juicio oral en la Argentina por la difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como “pornovenganza”.
Pioli fue condenado entre otros delitos por haber ejercido violencia de género contra Paula Sánchez Frega, y por filtrar fotografías y videos íntimos tomados por este cuando tenía una relación con ella.
Este caso fue clave para la Reforma del Código Penal y la inclusión de la “pornovenganza” o “pornoextorsión” como delito informático, y el único que llegó hasta el momento a juicio oral y a partir de hoy una condena de cumplimento efectivo. Además, el condenado deberá afrontar el pago de las costas del juicio.
Así lo resolvió el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero, que tuvieron a su cargo el juicio de un hecho denunciado en el 2017, que sirvió de base para incluir esta figura como delito informático en la Reforma del Código Penal.
El caso y el juicio
La Fiscalía había solicitó 5 años de prisión efectiva para el hombre por la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, mientras que la defensa había pedido la absolución.
El tatuador sanjuanino fue denunciado por su expareja, Paula Sánchez Frega, por difundir material íntimo de cuando eran novios.
Sánchez Frega, una riojana de 29 años, se convirtió en la primera mujer del país que logra llevar a juicio oral a un hombre al cual acusa por el delito de sextorsión.
Paula dijo a la prensa que había padecido durante y después de su relación, permanentes episodios de violencia de género contra ella y también contra sus mascotas.
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