Libertad Digital
La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la Provincia del Chaco exige se le sea revocado el beneficio de prisión domiciliaria al coronel Jorge Carnero Sabol, quien se encuentra cumpliendo la pena de cadena perpetua por once homicidios calificados y cuatro desapariciones forzadas en la Masacre de Margarita Belén tras ser juzgado en el año 2011.
El organismo, con la firma de su titular Silvana Pérez y la subsecretaria de Derechos Humanos, Nayla Bosch, elevó un pedido formal al Tribunal Oral Federal (TOF) y expuso que no debería haberse contemplado la solicitud del condenado, debido a la gravedad de su sentencia, la más alta de la escala penal.
“Desde la querella de la secretaría de DDHH y Géneros del Chaco, en una causa histórica que tiene ver con el juzgamiento de los gravísimos crímenes cometidos en la Masacre de Margarita Belén, solicitamos que Carnero Sabol deje de gozar del beneficio de la prisión domiciliaria. Lo dijimos y lo seguimos sosteniendo, el lugar para los genocidas es la cárcel común y efectiva”, manifestó Nayla Bosch.
“Pese a habérsele brindado un voto de confianza y ser notificado de forma clara respecto a las condiciones de su beneficio, Carnero Sabol eligió hacer caso omiso e incumplir con las disposiciones que la Justicia había establecido como ser la obligatoriedad de que permanezca en el domicilio que había declarado”, indicó la funcionaria provincial.
De acuerdo a lo explicado por el abogado querellante de la secretaría, Duilio Ramírez, Carnero Sabol fue hallado en clara desobediencia a las condiciones del arresto domiciliario. El juzgado le dio el beneficio de cumplir su pena en su domicilio de la ciudad santafesina de Funes, sin embargo, cuando el personal judicial fue a constatar su presencia en dicho lugar el 16 de febrero pasado, el condenado no se hallaba allí.
"Inclumplió con las condiciones establecidas, por lo que este beneficio le debe ser revocado. Esto es un hecho de suma gravedad porque se debe tener en cuenta que Carnero Sabol fue condenado por diversos homicidios agravados así como también por desapariciones forzadas de personas que hasta el día de hoy no fueron halladas”, dijo Ramírez.
“Esto acarrea mucha preocupación, especialmente a las víctimas y familiares de quienes sufrieron crímenes de lesa humanidad, considerando que una persona condenada a prisión perpetua se encuentra en la calle, por su propia decisión, burlándose de la justicia”, aseveró el letrado.
A esto, Ramirez agregó que ha quedado demostrado la falta de integridad por parte del condenado y sostuvo: “En diversas oportunidades se ha otorgado a represores este beneficio, a los culpables de los peores crímenes, y ahora vemos la respuesta que da Carnero Sabol a esta confianza que le brindó el Tribunal. Se burló, y abandonó su lugar de confinamiento sin siquiera avisar o solicitar permiso que es lo correspondiente”.
Es así que desde la secretaría de DDHH y Géneros del Chaco solicitan a la Justicia actúe en consideración a la jurisprudencia vigente y contemple que es deber del Estado garantizar a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos por parte del terrorismo de estado, una debida protección judicial cuando alguno de sus derechos haya sido violado.
Este derecho implica que la víctima reciba una “respuesta adecuada a su grave situación individual, familiar y social, para atenuar las secuelas que implica la comisión del hecho delictivo en su persona y en su grupo familiar, y tener asegurada su integridad y tranquilidad personales durante el proceso”, por lo que revocar el beneficio a Carnero Sabol es indispensable, reza la solicitud presentada al TOF.
https://drive.google.com/file/d/1ANqAzi_1jVCnf2mnr2Ineth-qYFZdVtM/view?usp=sharing.
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