El lugar donde se encuentra la emblemática Chimenea es un “inmueble es de propiedad municipal, forma parte del dominio privado y no registra restricciones de dominio”. Fue el secretario de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, Diego Arévalo, quien aportó claridad sobre la polémica.
El funcionario municipal brindó información detallada sobre el inmueble. Está ubicado en calle Pio XII; identificado catastralmente como Parcela 31, Manzana 38, Chacra 122, Sección B, Circunscripción II; con una superficie total de 1.129,84 metros cuadrados.
Al reiterar que el propietario es la Municipalidad de Resistencia, Arévalo recordó que en el Folio Real Matrícula N° 46.738 del Departamento San Fernando se encuentra su inscripción registral y que esta no cuenta con restricciones, embargos, gravámenes o afectaciones al dominio.
Tampoco se registran, en base de datos de la Dirección de Tierras Municipales, cesiones, permisos de ocupación o compromisos de adjudicación.
El anterior propietario fue Félix Codutti Sociedad Anónima, Agropecuaria, Industrial, Comercial e Inmobiliaria: mientras que la afectación parcial del bien, en la que se centra el reclamo, se efectuó dentro de las facultades otorgadas por la Carta Orgánica, sin afectar normas vigentes.
Reseña de antecedentes
El inmueble se origina en 1978, con motivo de la subdivisión del Lote Rural 243, fracción perteneciente a la firma “Félix Codutti Sociedad Anónima, Agropecuaria, Industrial, Comercial e Inmobiliaria”. De dicho plano, se originaron cuatro manzanas, que hoy comprenden el sector ubicado entre las calles Santiago del Estero y avenida Moreno, calle Padre Cerqueira y avenida Hernandarias.
El plano de subdivisión se confeccionó conforme los términos de la Resolución N° 1703/60 de Agrimensura y regularización de usos. Tal Resolución fue objeto de modificaciones, en primer lugar por la Ordenanza N° 523 de 1979, de sanción del Código de Planeamiento Urbano Ambiental de la ciudad y luego por la Resolución N° 196/88 actualmente vigente, que requiere un porcentaje de 12 por ciento de reserva a favor del Municipio en procesos de loteos y subdivisiones.
La Parcela 31, creada por este procedimiento, se titulariza a favor del Municipio recién en 1993, por Resolución 499/93, inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia en Matrícula 46.738, pasando a formar parte del dominio privado del Municipio y fue el único bien afectado a reserva municipal en dicho loteo. El acta de donación/cesión, fue suscripta por Rosa P. de Codutti, atento a que la Sociedad propietaria se había disuelto.
En 2009, la Cámara de Diputados sanciona la Ley 6416, por la cual se declara “Patrimonio Cultural de la Provincia, la Chimenea del ex complejo Codutti - fábrica desmotadora de algodón y extractora de aceite vegetal conjuntamente con su plazoleta … ubicadas en pasaje Codutti y calle San Roque …” La Ley fue vetada por el Poder Ejecutivo Provincial por tratarse de una reiteración de un declaración del Municipio respecto a los bienes que conforman edificios históricos ubicados en la Manzana 39, 40 y 67 de la Chacra 212.
La Cámara de Diputados, insistió sin embargo en la sanción de la ley, sin modificar los términos de la misma. Por su parte, la declaración del Municipio mencionaba datos específicos de construcciones que no incluyen a la Manzana 38.
Como resultado de dicha declaración, el Municipio avanzó en la protección de la Chimenea Codutti, que se ubica en la Parcela 25 de la Manzana 39. Dicha parcela, fue creada por plano de subdivisión 20/49/08, abarca una Superficie de 33 ms2 y fue transferido al Municipio por el entonces propietario Carlos Alberto Battaglia y aceptado por Ordenanza 9361/2009. Es el único bien afectado al Municipio en todo el sector declarado de interés por la Ley 6416. Las parcelas linderas a la Chimenea, y las que conforman las Manzanas 67 y 40, son de propiedad privada de particulares.
Algunas conclusiones
Tras describir todos estos antecedentes, Arévalo expuso que el inmueble es de propiedad municipal, forma parte del dominio privado y no registra restricciones de dominio. Además, las diversas normativas referidas al sector, no incluyen al bien. “Las reservas municipales se destinan a equipamientos comunitarios, como centros de salud, delegaciones policiales, culto, centros deportivos, culturales, centros comunitarios y delegaciones municipales, entre otras; en tanto el bien no fue donado al Municipio con cargo. La inscripción tardía del bien (en 1993) obedeció a causas administrativas”, detalló el secretario municipal.
Finalmente, el secretario de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial aseguró que la Chimenea Codutti, y la parcela sobre la que se asienta de 33 metros cuadrados de superficie, único bien subsistente, fue donado al Municipio en 2009 por Carlos Battaglia. Asimismo, las instalaciones de la antigua desmotadora de algodón del complejo industrial no se mantienen.
“La afectación parcial del bien, en la que se centra el reclamo, se efectuó dentro de las facultades otorgadas por la Carta Orgánica, sin afectar normas vigentes”, concluyó Arévalo para así finalizar: “El proyecto previsto sobre el inmueble contempla la remodelación y refuncionalización de la Plazoleta”.
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