Libertad Digital
Liquidación de sueldos
Por resolución 279/2020 se deja sin efecto la diferenciación entre conceptos remunerativos y no remunerativos previstos en la Res.219/2020.
Ello implica que no existirán diferencias en las liquidaciones de sueldos para empleados que asistan a sus trabajos y aquellos que no lo hicieran por motivo del aislamiento social dispuesto por Presidencia de la Nación.
El gobierno prohibió los despidos y suspensiones por 60 días
Informamos que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 329/2020, dispuso por el plazo de 60 días la prohibición de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, exceptuándose las suspensiones efectuadas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Recordamos a los socios que cuentan con servicio exclusivo de asesoramiento
ASESORIA CONTABLE: a.vazquez@consultoraov.com.ar
ASESORIA LEGAL: kriegerirma@yahoo.com.ar
ASESORIA TRIBUTARIA: jorge_christiani@hotmail.com
Notas más leídas
-
1
Primer caso de muerte por coinfección de dengue: "Entró al Perrando en mal estado general"
-
2
Encontraron a un bebé escondido en una concesionaria: "Las probabilidades de vida son muy bajas"
-
3
Google llega al Chaco: habrá capacitaciones certificadas y gratuitas para periodistas y estudiantes
-
4
Capacitaciones de Google en Chaco: "Queremos que sea para todos porque el material es muy significativo"
-
5
Osuna: "Están empantanados, hasta el día de hoy no saben qué pasó con Cecilia"
¿Qué opinas?
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.